Telemadrid vulneró el derecho de huelga de sus trabajadores. Así dice CCOO que, citando una sentencia del TSJM (Tribunal Superior de Justicia de Madrid) del pasado mes de febero, falló contra los servicios mínimos ordenados por el Gobierno regional durante la huelga que tuvo lugar el 5 de diciembre de 2006 .Es la segunda sentencia contra los servicios mínimos solicitados por la Dirección de RTVM.
Con esta, ya es la segunda sentencia contra los servicios mínimos solicitados por la Dirección de RTVM e impuestos por la Comunidad de Madrid. CCOO de Madrid considera positiva la sentencia, ya que supone un nuevo varapalo a Telemadrid y a la Comunidad por sus constantes incumplimientos de la Ley, en este caso la Constitución, a la hora de tratar temas relacionados con los derechos laborales de los trabajadores; pero a juicio Francisco Naranjo, portavoz de CCOO, "estas sentencias se dictan demasiado tarde".
Con esta, ya es la segunda sentencia contra los servicios mínimos solicitados por la Dirección de RTVM e impuestos por la Comunidad de Madrid. CCOO de Madrid considera positiva la sentencia, ya que supone un nuevo varapalo a Telemadrid y a la Comunidad por sus constantes incumplimientos de la Ley, en este caso la Constitución, a la hora de tratar temas relacionados con los derechos laborales de los trabajadores; pero a juicio Francisco Naranjo, portavoz de CCOO, "estas sentencias se dictan demasiado tarde".
Los jueces del tribunal, al amparo de la reciente jurisprudencia, tanto del Tribunal Constitucional como del Tribunal Supremo, concluyen "que se vulnera el derecho fundamental de huelga de los trabajadores de Radio Televisión Madrid si se consideran servicios esenciales la emisión de los programas informativos de forma similar a un día en el que no hay convocatoria de huelga"
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